Fuente: PortaldoBitcoin
Título Original: El Banco Central define reglas para que los bancos ofrezcan servicios de criptomonedas
Enlace Original:
El Banco Central publicó las reglas para los bancos que desean ofrecer a los clientes servicios de compra y venta de criptomonedas. El punto principal es la exigencia de contratar una auditoría externa, que deberá comprobar la adopción de buenas prácticas en la segregación patrimonial de los activos virtuales.
La Instrucción Normativa BCB 701/2026 está dirigida a empresas como bancos comerciales, bancos de cambio, bancos de inversión, bancos múltiples, Caixa Econômica Federal, sociedades corretoras de títulos y valores mobiliarios, sociedades distribuidoras de títulos y valores mobiliarios y sociedades corretoras de cambio.
Los bancos que deseen prestar servicios de activos virtuales, como custodia y intermediación, deberán obtener una certificación técnica elaborada por una empresa calificada e independiente. La intermediación es el término utilizado por el Banco Central para actividades como compra y venta y conversión de cripto a reales.
Este informe deberá certificar que el banco realiza una segregación efectiva entre los activos virtuales de sus clientes y los activos de propiedad de la propia institución, además de presentar una prueba de reservas que demuestre que la empresa posee efectivamente los activos virtuales que declara mantener en nombre de sus clientes y usuarios.
El documento también deberá demostrar que los bancos cuentan con estructuras adecuadas de gobernanza y cumplimiento, incluyendo gestión de riesgos y capital y políticas de ciberseguridad. La norma amplía significativamente el alcance de la certificación técnica, que también deberá evaluar la contratación de servicios relevantes, incluyendo tecnología y computación en la nube, la capacidad operativa de los proveedores externos y los planes de recuperación en caso de incidentes que afecten los activos de los clientes.
El informe concluyente deberá certificar, además, la existencia de controles internos, políticas de prevención de lavado de dinero y mecanismos de monitoreo continuo de riesgos e incidentes. El Banco Central podrá solicitar profundizaciones adicionales en el informe, que deberá permanecer disponible para fines de supervisión por, al menos, cinco años.
La Instrucción Normativa entrará en vigor el 2 de febrero de 2026, fecha a partir de la cual las instituciones estarán sujetas a las nuevas exigencias.
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El Banco Central define reglas para que los bancos ofrezcan servicios de criptomonedas
Fuente: PortaldoBitcoin Título Original: El Banco Central define reglas para que los bancos ofrezcan servicios de criptomonedas Enlace Original: El Banco Central publicó las reglas para los bancos que desean ofrecer a los clientes servicios de compra y venta de criptomonedas. El punto principal es la exigencia de contratar una auditoría externa, que deberá comprobar la adopción de buenas prácticas en la segregación patrimonial de los activos virtuales.
La Instrucción Normativa BCB 701/2026 está dirigida a empresas como bancos comerciales, bancos de cambio, bancos de inversión, bancos múltiples, Caixa Econômica Federal, sociedades corretoras de títulos y valores mobiliarios, sociedades distribuidoras de títulos y valores mobiliarios y sociedades corretoras de cambio.
Los bancos que deseen prestar servicios de activos virtuales, como custodia y intermediación, deberán obtener una certificación técnica elaborada por una empresa calificada e independiente. La intermediación es el término utilizado por el Banco Central para actividades como compra y venta y conversión de cripto a reales.
Este informe deberá certificar que el banco realiza una segregación efectiva entre los activos virtuales de sus clientes y los activos de propiedad de la propia institución, además de presentar una prueba de reservas que demuestre que la empresa posee efectivamente los activos virtuales que declara mantener en nombre de sus clientes y usuarios.
El documento también deberá demostrar que los bancos cuentan con estructuras adecuadas de gobernanza y cumplimiento, incluyendo gestión de riesgos y capital y políticas de ciberseguridad. La norma amplía significativamente el alcance de la certificación técnica, que también deberá evaluar la contratación de servicios relevantes, incluyendo tecnología y computación en la nube, la capacidad operativa de los proveedores externos y los planes de recuperación en caso de incidentes que afecten los activos de los clientes.
El informe concluyente deberá certificar, además, la existencia de controles internos, políticas de prevención de lavado de dinero y mecanismos de monitoreo continuo de riesgos e incidentes. El Banco Central podrá solicitar profundizaciones adicionales en el informe, que deberá permanecer disponible para fines de supervisión por, al menos, cinco años.
La Instrucción Normativa entrará en vigor el 2 de febrero de 2026, fecha a partir de la cual las instituciones estarán sujetas a las nuevas exigencias.