El Banco Central de Brasil publica reglas de regulación para servicios bancarios de criptomonedas

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Fuente: PortaldoBitcoin Título Original: Banco Central define reglas para bancos ofreceren servicios de criptomonedas Enlace Original: https://portaldobitcoin.uol.com.br/banco-central-define-regras-para-bancos-oferecerem-servicos-de-criptomoedas/ El Banco Central de Brasil publicó este jueves (22) las reglas para que los bancos comerciales ofrezcan servicios de compra y venta de criptomonedas. Los puntos principales son exigir la contratación de auditorías externas para demostrar que se han adoptado buenas prácticas en la segregación de activos virtuales.

La instrucción normativa BCB nº 701/2026 se aplica a las empresas mencionadas en el artículo 20 de la resolución, que incluyen: bancos comerciales, bancos de divisas, bancos de inversión, bancos multifuncionales, Banco de Ahorro Federal de Brasil, sociedades de valores, distribuidores de valores y corredores de divisas.

Los bancos que deseen ofrecer servicios de activos virtuales (como custodia y intermediación) deben obtener una certificación técnica elaborada por una entidad independiente calificada. La intermediación es un término utilizado por el Banco Central para actividades como compra y venta y conversión de criptomonedas a moneda local.

Este informe debe demostrar que el banco ha realizado una segregación efectiva entre los activos virtuales de sus clientes y los activos propios de la institución, y presentar una prueba de reservas que certifique que la empresa realmente posee los activos virtuales en nombre de sus clientes y usuarios.

El documento también debe demostrar que el banco cuenta con una estructura de gobernanza y cumplimiento adecuada, incluyendo gestión de riesgos y capital, así como políticas de ciberseguridad. La normativa amplía significativamente el alcance de la certificación técnica, además de evaluar la contratación de servicios relacionados, incluyendo tecnología y computación en la nube, capacidades operativas de proveedores externos y planes de recuperación en eventos que afecten los activos de los clientes.

Se debe incluir una opinión concluyente que certifique la existencia de controles internos, políticas de prevención de lavado de dinero y mecanismos de monitoreo continuo de riesgos y eventos. El Banco Central puede solicitar un análisis más profundo del informe, que debe mantenerse disponible durante al menos cinco años para fines de supervisión.

La instrucción normativa entrará en vigor el 2 de febrero de 2026, y desde esa fecha, las instituciones financieras estarán sujetas a los nuevos requisitos.

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